A la hora de redactar una Peritación, tanto si es Judicial como si es de Parte, hay que tener en cuenta varias cosas.
EL LENGUAJE
Hemos de pensar que, quienes van a leer e interpretar nuestro informe, no son compañeros de profesión, sino foráneos en el campo en que nosotros somos expertos.
Hay muchos términos, muchas palabras o conceptos, que nosotros utilizamos con normalidad y entendemos perfectamente, pero las personas fuera de nuestro ámbito de trabajo realmente no las entenderán o no comprenderán el concepto que queremos transmitir.
Por ejemplo, si hablamos de un SOPORTE, no nos cuesta nada poner entre paréntesis la primera vez que utilicemos ese término, lo que és: «… el soporte (pilar) izquierdo tenía grietas…».
Tras aclarar un término «raro» la primera vez que lo usemos, ya podremos seguir empleándolo sin problemas, puesto que entenderán qué queremos decir.
Hay que tener esto muy presente, ya que hay muchas cosas que, si no nos paramos un poco a pensarlas, no caeremos en aclarar lo que son, pues nos parecen muy comunes y fáciles.
Algunos ejemplos que se me ocurren: Forjado superior (techo) del salón; ménsula (según el caso, decid a qué os referís); el Alféizar (pieza en la parte inferior del hueco de la ventana) estaba colocado a contrapendiente; los faldones (suelos inclinados) de la cubierta no tenían la pendiente mínima… ¿Veis la idea?
Estos detalles, que a nosotros realmente nos cuesta muy poco, es algo que agradecen mucho quienes tengan que leer nuestra Pericial.
EXTENSIÓN y CONTENIDO
Realmente no importa cuán extensa sea la Pericial. No debéis preocuparos si ocupa 10 páginas o 200 páginas, lo que debe preocuparos es que todo lo que digáis en ella quede perfectamente explicado y respaldado.
Cada idea, cada afirmación, cada conjetura o conclusión, así como el hilo conductor para llegar a las conclusiones, debe estar perfectamente argumentado.
Recordad que todo lo que digáis en vuestra Pericial, después tendréis que poder defenderlo delante de un Juez y letrados (como Peritos Judiciales o de Parte, me da igual).
No pueden preguntaros sobre una afirmación de vuestro Informe, y que la respuesta que deis sea banal, laxa, genérica, insegura…etc. Ya hablé en un post anterior sobre las consecuencias de esto en el ámbito de un Juicio.
Se debe incluir todo aquello que apoye nuestros argumentos: fotografías, documentos, extracto de fichas técnicas, artículos de la CTE, artículos de normativa, legislación, planos…etc.
¿Cómo y dónde incluir todas estas cosas?
Pues depende. Comentaré algunas pautas que, por mi experiencia, van muy bien.
- Fotografías: Incluir tantas como sean necesarias
Supongo que todos haréis las fotografías DIGITALES 🙂 No se os ocurra imprimirlas en papel fotográfico para pegarlas en el informe. Simplemente insertad las imágenes en el documento.
Un par de consejos al respecto.
1.-Durante el desarrollo escrito de vuestro informe, no es cómodo para el «lector» que se haga referencia a fotografías tipo: «… donde se observaban humedades (ver fotografía 52 a 59 del Anexo)…» Esto hace que la lectura y comprensión del informe resulte engorrosa e incómoda. Además, es algo que he oído a muchos letrados y Jueces, y que les incomoda ya que han de estar constantemente yendo de atrás a adelante, para ver a qué nos referimos.
La buena práctica a este respecto sería: «… donde se observan humedades como la siguiente:… » y ahí insertamos una imagen de las humedades a las que nos referimos.
Si resulta que hay muchas, vale, se pueden poner en la zona del desarrollo algunas a modo de ejemplo, y luego ya, en el Anexo, estarán todas las que respaldan la gran cantidad de humedades que había (por ejemplo).
2.-En ese Anexo, pondremos TODAS las fotografías que consideremos (incluyendo las que ya pusimos en el desarrollo), y estarán todas numeradas correlativamente. No me refiero a la numeración que puede tener la foto propiamente dicha que le pone la cámara (esa no tiene por qué estar correlativa). Me refiero a una numeración que nosotros le pongamos directamente en el documento.
- Documentos: Debemos incluir los documentos que consideremos necesarios y que respalden nuestros argumentos, aunque hay que hacer alguna observación a este respecto.
→ Si estamos haciendo una Peritación de Parte, me reitero en lo dicho, es decir, se incluirán todos los documentos que consideremos relevantes. Esos documentos nos los habrá facilitado el cliente (o su letrado) seguramente. Lo más probable es que dispongamos de los originales de los documentos en cuestión. Es tan sencillo como, escanear (o fotografiar) dichos documentos, para insertarlos en nuestra Peritación.
El procedimiento será el mismo que con las fotografías, es decir, durante el desarrollo, insertaremos el «trozo» del documento del que estemos hablando en ese momento, pero después, en el Anexo, incluiremos todos los documentos enteros.
¿De qué tipo de documentos estoy hablando? Pues… licencias de obras, Libro de Órdenes (según el caso, con la portada y las hojas que nos interesen, será suficiente), Libro de Subcontratación, Memoria, Pliego de Condiciones… Dependerá del tipo de Pericial que estéis haciendo.
→ Si estamos haciendo una Peritación Judicial, NO será necesario incluir en el Anexo los documentos, puesto que esos documentos ya están en autos (es decir, en el archivo del juzgado). En este caso, con que incluyáis durante el desarrollo, los trozos de documentos que os hagan falta según de lo que estéis hablando, es suficiente.
A ver si me explico mejor. Por ejemplo, en el desarrollo decís «… en el Libro de Órdenes queda claramente recogida la orden de paralización de trabajos de solado hasta nueva orden, en su página 10…» **Aquí insertaríais la imagen de esa página 10 del libro de órdenes ** «…y sin embargo, la constructora, el día 11 continuó solando, haciendo caso omiso de dicha orden, según queda recogido en el parte diario de trabajos que realizaba el Encargado, tal como se ve en la hoja 20 de dicho diario de obra…» ** Y aquí insertáis dicha hoja 20 **
Puesto que éstos documentos YA están en los juzgados, no hace ninguna falta que añadáis a vuestro Anexo la totalidad de los mismos, sólo los aspectos necesarios durante vuestras disertaciones.
Hay algo MUY IMPORTANTE que debéis saber si actuáis como PERITOS JUDICIALES.
Para estudiar lo que os pidan, y llegar a las conclusiones que sean pertinentes, sólo podéis utilizar los documentos/fotos/planos/escritos… que estén en autos. Es decir, NO podéis utilizar ningún tipo de documento que os pretenda facilitar alguna de las partes, si eso no está en autos. Ni siquiera podéis mirar una «foto de cómo estaba antes de…» (por ejemplo) si esa foto no estaba en el expediente que tiene el juzgado. Esto es algo MUY SERIO.
Si utilizáis documentos (entendamos por tales, cualquier papel, plano, foto, escrito…) que no están en autos, cualquiera de los abogados del proceso puede IMPUGNAR vuestra Peritación, es decir, que vuestra pericial no tendrá ningún valor probatorio… por decirlo de una forma más llana, «guardarán la pericial en un cajón y tirarán la llave» y ninguna de las partes podrá esgrimir los argumentos y conclusiones que en ella exponíais, y el Juez tampoco la leerá ni tendrá en cuenta para nada. Se queda en papel mojado.
Incluso si alguna de las partes os quiere enseñar/facilitar algún documento que dejaría claro al 100% el problema que tenéis que resolver, pero ese documento no está en autos (no se, porque lo encontraron fuera de plazo y ya no pudieron presentarlo en el juzgado), por mucho que eso aclarase totalmente lo que fuere, NO PODEIS EMPLEARLO ni siquiera dejaros influir por ese documento. De hecho debéis NEGAROS a verlo, leerlo o lo que sea, puesto que NO está en autos.
ESTRUCTURA y ORGANIZACIÓN
En el año 2011, AENOR sacó una norma UNE de «Criterios Generales para la Elaboración de Informes y Dictámenes Periciales» (UNE-197001:2011).
Es una norma que, si le quitamos la portada y el índice, ocupa 4 hojas y, a los que llevamos años haciendo Periciales realmente no nos aportó nada, pero ahí está, por si queréis buscarla y ver qué cuenta.
No hay NINGUNA obligación de seguir a pié juntillas lo que dice dicha norma, puesto que además, lo único que ofrece es cuál debe ser la estructura (o sea, los apartados), no habla realmente de cómo desarrollar, que pautas seguir, cosas positivas y/o negativas que se deben o no hacer en una Pericial… Tal como enuncia el título de la misma, sólo son «Criterios Generales»… demasiado generales realmente.
Os dejo aquí el índice de dicha norma, para que veáis de qué va.
Veamos ahora cómo debe ser la estructura y organización de una Peritación, de una forma práctica.
En la portada deben aparecer al menos, estos datos:
- Vuestro Nombre
- Fecha
- Paginación: Todas las hojas estarán paginadas, y mejor con la paginación tipo «1 de XXX», es decir, que se vea claramente cuál es el total de páginas de la peritación.
- Si es de parte:
- Quién encarga la Peritación
- Cuál es el lugar a peritar (dirección de la casa, empresa, oficina… lo que sea)
- Si es Judicial:
- Para qué Juzgado y qué caso/expediente és.
- Los nombres de las partes de dicho caso.
- Quién, de esas partes, ha solicitado al Juez la Peritación Judicial que vamos a realizar.
Podría ser algo como esto:
Para que todas las hojas queden perfectamente identificadas en relación a ese caso que estéis estudiando, os aconsejo que como ENCABEZADO o PIÉ (eso ya al gusto de cada uno) de todo el documento pongáis algo identificativo del caso. No ha de ser letra grande, según el tipo de letra que uséis, con tamaño 8 posiblemente sea suficiente.
Por ejemplo:
» Juzgado de Primera Instancia nº XX – VALENCIA – Juicio Ordinario XX/XXXX» (para una Judicial)
«Jhon Doe Doe – Avenida Desconocida, nº3-Ciudad» (para una de Parte)
De ese modo, TODAS y CADA UNA de las hojas de vuestro informe estarán perfectamente identificadas con un único caso.
La segunda página deberá ser el ÍNDICE paginado, de todos los apartados de nuestro documento.
El contenido, básicamente, constará de estos apartados:
- Antecedentes
- Informe
- Dictamen
- Resumen de Conclusiones
- Presupuesto (si nos piden el típico presupuesto de reparaciones de daños o similar)
- Anexos (tal vez uno o varios, que podremos separarlos en Anexo fotográfico, Anexo Documental… según nuestro caso)
- Bibliografía utilizada (si consideráis ponerla)
Veamos algunas cosas que hay que poner en algunos de los apartados.
ANTECEDENTES
En este apartado hay que dejar constancia de nuestro nombre completo, titulación/es, y en su caso, Colegio Oficial en el que estamos y número de colegiado.
Aquí expondremos que se nos contactó por parte del Juzgado tal (si es Judicial), o persona tal (si es de Parte).
También diremos cuál es el OBJETO de nuestro trabajo. El Objeto es «qué hemos de estudiar y con qué fin».
– Si es de Parte, será el letrado o el cliente quien nos diga cuales son los problemas y qué pretenden.
– Si es Judicial, eso nos lo habrán dicho en el Juzgado en su momento y, eso es lo que habremos de hacer.
Pues ese OBJETO ha de quedar aquí por escrito.
Se puede añadir la información que sea relevante, pero que realmente no sea informe todavía.
– Por ejemplo: El día tal se realizó la visita al inmueble objeto de estudio, y las personas que acudieron fueron: Nombres y apellidos de quienes estuvieron (letrados, propietario, constructor, arquitecto…. quienes estuviesen)
INFORME
Aquí expondremos todos los hechos.
DICTAMEN
Aquí detallaremos las líneas argumentales de «estos hechos son así por esto, por esto y por esto».
RESUMEN DE CONCLUSIONES
Esto es, exactamente eso, un RESUMEN de las conclusiones. No debe ser extenso, ni debemos repetir razonamientos, para eso ya estaba el apartado DICTAMEN.
Aquí se trata de hacer un EXTRACTO ESQUEMATICO de las Conclusiones a las que habíamos llegado, tras todo el proceso expuesto en el Dictamen.
El contenido del resto de apartados, ya lo he comentado, por lo que no me voy a repetir.
JURAMENTO o PROMESA
Hay un párrafo MUY IMPORTANTE, que ha de quedar recogido en nuestra Pericial. Se trata del JURAMENTO o PROMESA.
Esto viene impuesto por uno de los artículos de la LEC (Ley de Enjuiciamiento Civil), por la que nos regimos los Peritos.
Se pueden hacer pocas o… ninguna modificación a éste párrafo, ya que se trata casi de transcribir lo que dice dicho artículo.
Se puede poner, por ejemplo, justo al terminar el RESUMEN DE CONCLUSIONES.
Doy por terminada esta PERITACIÓN, realizada bajo promesa (o juramento, podéis elegir cuál de los dos poner) de decir verdad, que he actuado y, en su caso actuaré con la mayor objetividad posible, tomando en consideración tanto lo que pueda favorecer como lo que sea susceptible de causar perjuicio a cualquiera de las partes, que conozco las sanciones penales en las que podría incurrir si incumpliera mi deber como Perito y que no concurren en mi las circunstancias de tacha legal previstas en el artículo 343 de la L.E.C.
Y ahora os preguntaréis… ¿Qué es eso de la «TACHA LEGAL«? Fácil.
Básicamente es el hecho de que no podemos realizar una Peritación en caso de:
- Ser cónyuge o pariente por consanguinidad o afinidad, dentro del cuarto grado civil de una de las partes o de sus abogados o procuradores.
- Tener interés directo o indirecto en el asunto o en otro semejante.
- Estar o haber estado en situación de dependencia o de comunidad o contraposición de intereses con alguna de las partes o con sus abogados o procuradores.
- Amistad íntima o enemistad con cualquiera de las partes o sus procuradores o abogados.
- Cualquier otra circunstancia, debidamente acreditada, que les haga desmerecer en el concepto profesional.
Y básicamente, estas son las líneas generales de cómo redactar una Peritación.